3 de marzo de 2026

Despido objetivo y disciplinario: diferencias que importan al calcular

Dos carpetas etiquetadas sobre una mesa de despacho

El despido disciplinario se apoya en un incumplimiento grave y culpable. Si se declara procedente, no hay indemnización legal por extinción; si se declara improcedente, entran en juego las reglas de indemnización o readmisión.

El despido objetivo se vincula a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o a ineptitud sobrevenida, entre otras previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Suele llevar aparejada una indemnización de veinte días por año con tope.

La carta debe expresar la causa con suficiente concreción. Una motivación genérica debilita la posición de la empresa y refuerza la del trabajador en una eventual impugnación.

En acuerdos de salida, a menudo se pacta un importe superior al mínimo legal a cambio de renuncias. Ese equilibrio solo se valora bien con la documentación delante.

Antes de aceptar un «despido amistoso», confirme por escrito el tipo de extinción, las cantidades y si hay cláusula de confidencialidad o no competencia.

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